CUMBRE INGENIERÍA, S.L. cuenta con un sistema de gestión basado en la norma UNE EN ISO/IEC 17020, cuyo objeto es llevar a cabo sus servicios de inspección con el máximo nivel de calidad, trasparencia y teniendo en cuenta los requisitos del cliente u otras partes interesadas y la mejora continua.
En caso de que alguna persona u organización se haya sentido insatisfecho, perjudicado o afectado negativamente en el servicio de inspección o por los resultados de este servicio, CUMBRE INGENIERÍA, S.L.
cuenta con un proceso para la gestión de quejas (insatisfacción con el servicio) o apelaciones (disconformidad con los resultados del servicio).
El interesado deberá rellenar el siguiente formulario que se acompaña o formalizar la queja o apelación por cualquier otro medio siempre que indique:
- Expediente/ nº contrato/Proyecto/Actividad
- Nombre y apellidos del interesado y, en su caso, representante, con identificación del medio y lugar preferente para efectuar las notificaciones.
- Descripción de la queja o apelación y las razones en las que se fundamentan.
- Fecha y firma del solicitante
Una vez recibida la queja o apelación CUMBRE INGENIERÍA, S.L. nombrará a un responsable de su gestión que evaluará, investigará los hechos que la han dado su origen y propondrá las acciones que sean necesarias para un tratamiento adecuado de la misma y solución, en su caso, de los problemas detectados.
En todo caso, para mantener la imparcialidad la decisión final que se comunicará será revisada y aprobada por una o varias personas que no hayan participado en las actividades de inspección que dieron origen a la queja o apelación.
El reclamante o apelante será informado del inicio, seguimiento, en caso necesario, y finalización del proceso y sus conclusiones mediante el medio que éste proponga.
Se establece un plazo de 30 días naturales desde la presentación de la queja o apelación hasta que se termine por resolver y cerrar la misma. No obstante, se podrá ampliar este plazo de forma justificada.